Franklin Javier González Soriano a; Barbara de Lourdes
Sambonino Garcia b;
Diógenes David
Díaz Jiménez c
La
Dependencia en
el Ecuador IESS
Revista Científica
Mundo de la Investigación
y el Conocimiento. Vol.
2 núm.,
especial, mayo, ISSN: 2588-073X, 2018,
pp. 244-258
DOI: 10.26820/recimundo/2.esp.2018.244-258
Editorial Saberes del
Conocimiento
Recibido: 09/12/2017 Aceptado: 14/02/2018
a. Universidad de Guayaquil-Docente; franklin.gonzalezs@ug.edu.ec
b. Universidad de Guayaquil-Docente; lourdes.samboninog@ug.edu.ec
c. Universidad de Guayaquil-Docente; diogenes.davidj@ug.edu.ec
RESUMEN
La relación de dependencia en el Ecuador trata sobre las personas que necesitan de la
ayuda de alguien más ya sea por edad, salud y/o discapacidad. Existen tres grados de dependencia, que se relacionan con los cuidados
profesionales y no profesionales. En
España la financiación cuenta por parte del Estado, mientras que en Ecuador
se debe al
pago
de
impuestos de los ciudadanos.
La
Junta de Beneficencia
del
Ecuador es una de las entidades que
ayuda a
los adultos mayores en su debido cuidado, tratando de mejorar su calidad de vida, otro asilo conocido sería el Hogar San José que a diferencia del anterior mencionado éste es privado y requiere un pago de cada
uno de los residentes del mismo o por parte de sus familiares. Cada
una de estas entidades ha
intentado brindar apoyo a los adultos mayores dándoles así la
importancia que tienen dentro de
la sociedad
Se
presenta a continuación un análisis de
los diferentes lugares de apoyo para con los adultos mayores existentes en Ecuador, comparándolo con el sistema de España y cuál
sería su incidencia si fuese factible que se apliquen los
mismos
sistemas.
Palabras claves: Dependencia; SAAD; IESS;
asilo.
ABSTRACT
The relation of dependence in Ecuador is about people who need the help of someone
else by age,
health and / or
disability. There are three degrees of dependency, which relate to professional and
non-professional care. In Spain the financing counts on the part of the State, whereas in Ecuador it is due to the payment of
taxes of
the citizens.
The
Ecuadoran Charity Board is one of the entities that helps elderly people in their proper care, trying to improve their quality of life, another
well-known asylum would be the San José Home,
which, unlike the previous mentioned one, is private and requires a Payment of each of the residents of the same or their relatives. Each of these entities has tried to provide support to the elderly, thus giving them the importance they have in society
An analysis of the different support
sites for older adults in Ecuador is presented below, comparing
it with the Spanish system and what its incidence would be if it were feasible to apply
the same systems.
Key
words: Dependence; SAAD; IESS; asylum.
Introducción.
Una
de las luchas constantes en el Ecuador ha sido combatir
el abandono de los adultos
mayores por parte de sus familiares. Por lo cual muchas de las entidades de cuidado
para los ancianos buscan maneras de solventarse económicamente como pedir donaciones a los ciudadanos para ayudarlos, un ejemplo clave
es
la Junta de Beneficencia
que está comprometida
con
la sociedad; de acuerdo con se puede tomar una pauta para comparar el tipo de sistema aplicado entre
Ecuador y España como también identificar el resultado de la aplicación de la gratuidad en los
centros de cuidado para los
adultos mayores en
Ecuador.
El Artículo 2 de la Ley 39/2006,
de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, define Dependencia como: “Estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de
la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física,
mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra
u otras personas o ayudas importantes para
realizar actividades básicas de la
vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad
mental, de otros apoyos para su autonomía personal”.
En el corazón de los ecuatorianos aún se puede observar la gentileza de los mismos, lo que
une a los ciudadanos cuando de labor social se trata, en el país se han implementado
organizaciones
sin fines de lucro para ayudar a quienes más lo necesitan, y requieren atención prioritaria, como son los adultos mayores, con vocación
de servicio, contribuyendo
a las familias ecuatorianas.
La Junta de
Beneficencia de Guayaquil está comprometida a
mejorar la calidad
de vida de las personas y proporcionarle bienestar en las áreas de salud, educación y atención al adulto mayor.
Esta gran obra es posible gracias a la gestión llevada
a cabo en cada
una de
sus instituciones.
Es por esto que la Junta
mantiene varios programas de
ayuda que reflejan claramente
los valores de generosidad y altruismo, la misión y
los valores con los cuales fue concebida. Contamos
con la infraestructura necesaria para llevar a cabo
diferentes programas de ayuda social que
benefician a los ecuatorianos en
todos los aspectos de sus vidas.
Nuestro compromiso con toda la población guayaquileña, y ecuatoriana en general, abarca
el
cuidado de alrededor de 500 adultos mayores, brindándoles una atención digna y
con
amor en nuestros
hospicios y asilos. Aquí acogemos a personas desamparadas y desposeídas, muchas veces abandonadas por sus familiares, y les brindamos todo el cariño y
la calidez que necesitan para
pasar
esta última etapa
de
sus vidas en calma.
Son muchos los beneficiados de
todos los servicios que la Junta de
Beneficencia de Guayaquil brinda
al adulto mayor.
Los residentes son atendidos día a día de la mejor manera, y se
procura brindarles no solo un servicio completo sino también el afecto del hogar ausente. Aparte de
proveer alimentación y hospedaje, nuestras instituciones prestan servicio médico a cada persona que
lo requiera, y además se realizan actividades de esparcimiento y
terapias físicas, mejorando así
su calidad
de vida.
En España existe dependencia gratuita.
La
dependencia es un estado permanente en que se
encuentran las personas, que por diversas razones (edad, enfermedad, discapacidad, etc.) necesitan la atención de otra u otras personas o ayuda para realizar
las
actividades básicas
de la vida diaria.
Consejo de
Europa define la dependencia como «la necesidad de ayuda o asistencia
importante para las actividades de la vida cotidiana», o, de manera más precisa, como «un estado en el que se encuentran las personas que por razones ligadas a la falta o la pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual tienen necesidad de asistencia y/o ayudas importantes a fin de realizar
los actos corrientes
de la vida diaria y,
de modo particular, los referentes al cuidado personal».
Grados de dependencia
Con el objetivo
de agilizar los trámites para el reconocimiento del grado de
dependencia, en el Consejo Territorial de
julio de 2012 el Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y
las comunidades autónomas acuerdan eliminar los niveles y mantener únicamente los tres grados:
Grado III. Gran Dependencia.
El grado III de gran dependencia es cuando la persona necesita ayuda para realizar varias
Actividades Básicas de
la Vida Diaria varias veces al día y, por
su pérdida total de autonomía física,
mental, intelectual o sensorial necesita el
apoyo
indispensable y continuo
de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para
su autonomía personal. Se corresponde a una
puntuación final del Baremo de Valoración
de la Dependencia de
75 a 100 puntos.
Grado II. Dependencia
Severa.
El
grado II de dependencia severa es cuando
la persona necesita ayuda para
realizar
varias
Actividades Básicas de la Vida Diaria dos o tres veces al día pero no requiere el apoyo permanente
de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso
para su autonomía personal.
Se
corresponde a una puntuación final del Baremo de Valoración de la Dependencia de 50 a 74
puntos.
Grado
I. Dependencia Moderada
El grado I de dependencia moderada es cuando la persona necesita ayuda para realizar
varias Actividades Básicas de la Vida Diaria al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo
intermitente o limitado para su autonomía personal.
Se corresponde
a una puntuación final del Baremo de Valoración de la Dependencia de 25 a 49
puntos.
Para
conocer el grado de dependencia que tienes, debes solicitar en servicios sociales de tu localidad
que un equipo de profesionales
acuda a tu
domicilio para valorar tu
situación.
Cuidados
no profesionales
Son los prestados a las personas dependientes en su domicilio, por personas de la familia o
de su entorno.
Cuidados
profesionales
Son
los prestados por una institución pública o entidad, con y sin ánimo de lucro, o
profesional autónomo entre
cuyas finalidades se encuentre la prestación de servicios a personas dependientes, ya sean en su
hogar
o en un centro.
La financiación de la ley de dependencia
La financiación de la Ley
de Dependencia corre a cargo de la Administración General del
Estado y las comunidades autónomas a partes iguales. Asimismo, la norma
establece el copago de los beneficiarios, en función de su renta y patrimonio.
Nivel mínimo
El importe del nivel mínimo de protección es calculado y liquidado por el inmerso a las
comunidades autónomas, mensualmente, en virtud del número de
beneficiarios que
figuran en el
Sistema de
información establecido.
Prioridad
de la prestación de servicios
La intención del legislador con la ley era que se diera prioridad a la prestación de servicios
(residencia, centro de día y de noche, tele asistencia, asistente personal, etc.) sobre
las prestaciones económicas
(dar una ayuda económica a la familia por los cuidados
que dispensa al dependiente). Sin embargo, desde el comienzo de la aplicación de la ley la tendencia ha sido la contraria, se
estaban dando alrededor de un 50% de prestaciones económicas. Por ello, el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad estableció en 2013 nuevos criterios de asignación y reparto del nivel mínimo de protección, con
el objetivo de
estimular la prestación
de
servicios profesionales.
Todo ello queda reflejado en el Real Decreto de
Nivel Mínimo, que prima los servicios
frente a las prestaciones económicas por cuidados en el entorno familiar y obliga a las comunidades
autónomas a la emisión de
un certificado mensual que acredita que los
datos introducidos en el Sistema
de Información
son reflejo de la realidad.
De esta manera, la financiación deja de ser lineal por beneficiario y grado.
Ahora, las comunidades que den más prestaciones de servicios recibirán más financiación. Así, la distribución de los créditos de
los Presupuestos Generales del Estado a
trasferir a las comunidades autónomas
para la financiación de la dependencia incorpora de forma progresiva durante cinco años (para
evitar un cambio drástico en la financiación), una variable que pondera positivamente los servicios
frente a la prestación económica por
cuidados en el entorno
familiar.
El
Sistema para la Autonomía y Atención
a la Dependencia (SAAD)
(Social, 2009) Es el conjunto de servicios y prestaciones económicas destinados a la promoción de la autonomía personal, la atención y protección a las personas en situación de dependencia, a través de servicios públicos y privados concertados debidamente acreditados, y contribuye a la
mejora de las condiciones de vida de los
ciudadanos.
Con la Ley 39/2006,
de 14 de diciembre, se incorpora la atención a la dependencia al sistema
público de protección social de
nuestro país. Constituye un avance importante en el desarrollo de los
derechos
sociales en España. Tiene el carácter
de legislación
básica estatal.
A
través de esta Ley, la dependencia ha entrado en nuestro sistema
de protección social y
ha modificado los actuales sistemas de servicios sociales. Contempla
de forma específica la prevención y la atención a las personas que se encuentran en situación de dependencia, y configura
para ellas el derecho a un catálogo de servicios y prestaciones económicas. Como se dice en la Ley 39/2006 citada, en su exposición de motivos: “La necesidad de garantizar a los ciudadanos un
marco estable de recursos y
servicios para la atención a la dependencia y su progresiva importancia,
lleva ahora al Estado a intervenir en este ámbito con la regulación contenida en esta Ley, que la configura como una nueva modalidad de protección social que amplía y complementa la acción protectora del Estado y del Sistema de la Seguridad Social”.
El Artículo. 1.1 de la Ley
39/2006 citada, establece que “La presente Ley tiene por objeto
regular las condiciones
básicas que garanticen la
igualdad en el
ejercicio del
derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la creación
de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con la colaboración y participación de todas las
Administraciones Públicas y la garantía por la Administración General del Estado
de un contenido mínimo común de derechos para todos
los ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado
español”. En Ecuador La afiliación al Instituto Ecuatoriano de
Seguro Social (IESS) protege al
afiliado en caso de eventualidades que afecten su capacidad
de trabajo y la obtención de un ingreso.
El seguro general obligatorio otorga cobertura para las siguientes contingencias: vejez, muerte,
e invalidez (que incluye discapacidad); concede pensión por vejez, invalidez, viudez y
orfandad, y asistencial no contributiva por vejez o invalidez.
El subsidio transitorio por incapacidad es parte de
esta protección.
España
De acuerdo
a (Carrión, 2005) lo que los ancianos más necesitan es que
los
escuchen, les
hagan caso, que les cuenten lo que pasa en el mundo; hay que tener la voluntad de unirse
a misiones humanitarias. En España la residencia de la tercera edad es pagada por el municipio, por lo general
se les pone nombres que mejor suenen y transmitan
tranquilidad.
Relata (Robledo, 2014) los ancianos en esta etapa de la vida se sienten como adolescentes que quieren explorar el mundo. El intercambio se gestó a
través de Linkedage, una
plataforma de comunicación y turismo enfocada a las casas de retiro, e Infoelder, la red de ayuda a la tercera
edad y cuidado
de mayores de España. "Fusionamos conceptos como Booking (buscador turístico) y Erasmus (programa de intercambio de estudiantes) adaptándolos a un segmento como el de la tercera edad que cada vez más irá
en aumento.
Hay residencias que son como grandes hoteles con la diferencia de que ofrecen servicios
de salud y saben cómo cuidar a las personas mayores. Lo que se les ofrece es una forma de viajar
más segura", explica a BBC Mundo el esloveno Tomaz Lorenzetti, cofundador
de la red junto a
Marko Gucek. El deseo de viajar y seguir viviendo no termina, simplemente requiere de más planificación.
Ecuador
(Murgieri, 2015) Comenta
que valor público se alcanza cuando se
logra satisfacer lo más
plenamente los objetivos de la institución, en nuestro caso, el cuidado
socio-sanitario
equitativo y
de calidad de las
personas mayores.
Existen
varios desafíos que plantea
el cuidado en Centros
Residenciales, así
podemos mencionar:
Desafío o controversia: es aquel derivado de la heterogeneidad y la diversidad en la
tipología de los residentes: Doble concepción y
exigencia de ser un lugar para vivir y
un espacio de atención especializada con cuidados
médicos y de enfermería. Una residencia no puede ser un
efector
de salud, pero es un aspecto que no debe ser descuidado. La
provisión de medicamentos, las guías preventivas, la provisión de prótesis, las interconsultas a especialistas, la evaluación médica mensual
son aspectos que
no pueden ser dejados de
lado.
Un
desafío derivado del anterior es la
problemática de convivencia. Cuando personas
mayores tan diferentes unas de otras intentan convivir ocurre
lo que
podemos llamar colisión de
estilos
de vida y colisión de
derechos.
Por otro lado, las personas que provienen de situación de calle
muchas veces padecen patologías psiquiátricas larvadas sin diagnóstico ni tratamiento y frecuentes trastornos
de personalidad, lo que también dificulta la convivencia. La frustración
hace recurrente
la queja.
Al hogar se lo ama y se lo odia. Es el lugar que les da pertenencia, protección y cuidado;
si no estuvieran allí, vivirían en la calle, pero por otro lado
no es lo que hubieran deseado de sus
vidas. El ingreso a la institución es un factor de fragilidad como un cambio de domicilio, donde se
desestructuran los mapas mentales y son desencadenantes a veces de síndromes geriátricos como las
caídas. Muchos residentes temen la pérdida
de control,
a la vez que se alteran los hábitos, hay que cumplir horarios
y reglamentos que si bien no son restrictivos tienden a ordenar la convivencia.
Cuando hablamos de centro abierto nos referimos
a que los hogares deben ser de puertas
abiertas y el
ingreso
con el
consentimiento de la persona mayor. Muchas
residencias privadas son
de puertas cerradas y ello puede ser un concepto de privación ilegítima de la libertad. Un centro residencial también debe ser abierto para el ingreso de las personas de la comunidad (para prácticas
pre-profesionales, acciones de voluntariado, espectáculos
musicales de danza o
teatro, etc.).
Mediante
Decreto Supremo Nº 40 del 25 de julio de 1970 y publicado en el Registro Oficial Nº
15 del 10 de julio de 1970 se transformó la Caja Nacional del Seguro Social en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. El 20 de noviembre de 1981, por Decreto
Legislativo se dictó la Ley de Extensión del Seguro Social Campesino.
En l986 se estableció el Seguro Obligatorio del Trabajador
Agrícola, el
Seguro Voluntario y el Fondo
de Seguridad Social Marginal a
favor de la población con ingresos inferiores al
salario mínimo vital.
El Congreso Nacional,
en l987, integró el Consejo Superior en forma tripartita y paritaria,
con
representación del Ejecutivo, empleadores y asegurados; estableció la obligación de que consten en el Presupuesto General del Estado las partidas correspondientes al pago de las obligaciones del
Estado.
En l99l, el Banco Interamericano de Desarrollo, en un informe especial sobre Seguridad
Social,
propuso la separación
de los seguros de salud y de pensiones y el
manejo privado de estos fondos. Los resultados de la Consulta Popular de l995 negaron la participación del sector privado
en el
Seguro
Social y de cualquier otra institución
en la administración de sus
recursos.
La Asamblea Nacional, reunida en l998 para reformar la
Constitución Política de la República, consagró la permanencia del
IESS como única institución autónoma, responsable de la aplicación
del Seguro General Obligatorio.
El IESS, según lo determina la vigente Ley del Seguro Social Obligatorio, se mantiene
como entidad autónoma, con personería jurídica, recursos
propios y distintos de los del Fisco. El
30 de noviembre del 2001, en el Registro Oficial N° 465 se
publica la LEY DE SEGURIDAD SOCIAL, que contiene 308 artículos, 23 disposiciones transitorias, una disposición especial única, una disposición general. El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social se encuentra en una etapa de
transformación, el plan estratégico que se está aplicando,
sustentado en la Ley de Seguridad Social vigente, convertirá a esta institución en una aseguradora moderna, técnica, con personal capacitado que
atenderá con eficiencia, oportunidad y amabilidad a toda persona que solicite los servicios y
prestaciones que ofrece.
Conclusiones.
Según
los estudios realizados se
puede concluir
que si implementamos
el sistema gratuito
de los asilos para adultos mayores como el que posee España, sería factible para los longevos, pero no sería rentable para
la economía del país, puesto que atraviesa una situación económica difícil
por endeudamiento con multinacionales como
es China.
Se debe promover campañas de concientización hacia todos los ciudadanos para que realicen donaciones, labor social, y tomen mayor cuidado para con los adultos mayores, y así brindarles mayor cuidado y atención.
Bibliografía.
Carrión, I. (2005). Un asilo de ancianos. El país.
Murgieri, M. (14
de Febrero
de 2015). Asilo como última opción.
El Telégrafo. Robledo, J. (2014). Intercambio de asilos.
Mundo.
Social,
E. S. (2009). Las personas
mayores
en España. Madrid:
Ediciones Grafo S.A.