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RECIMUNDO VOL. 7 N°1 (2023)
A pesar de que en la actualidad no se encuen-
tran vigentes, se resaltan estos exámenes
nacionales de admisión, por cuanto vinieron
marcando la pauta de la exclusión de algunos
sectores como se refiere en la cita anterior.
Legislación nacional en pro de la libre
discriminación a los estudiantes de la
educación superior
El estado ecuatoriano es signatario de los
principales convenios y tratados del Siste-
ma de Naciones Unidas relacionados con
la situación de la mujer, entre ellos, la Con-
vención sobre los Derechos Políticos de las
Mujeres (1952), el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos (1966), la Con-
vención para la Eliminación de Todas las
Formas de Discriminación contra las Muje-
res, CEDAW (1979) y, más reciente, la Pla-
taforma de Acción de Beijing (1995) y los
Objetivos de Desarrollo del Milenio conteni-
dos en la Declaración del Milenio (ODM). La
promulgación de la Ley Orgánica de Edu-
cación Superior, LOES (2010), de su Regla-
mento General (2010) y del Reglamento de
Régimen Académico (2013) es un paso sig-
nificativo en tanto abre un espacio renova-
do para la planificación, gestión y desarrollo
del Sistema de Educación Superior.
La Constitución de la República del Ecua-
dor del 2008, es la base legislativa de la
que se derivan el resto de los instrumentos
legales de la nación. En ella se reconoce la
lucha histórica de los pueblos en contra de
la discriminación, en especial, en el área de
la educación, cuyo articulado se encuentra
en conexión con los tratados y convenios
internacionales. (Vásquez, Gómez, Vaca, &
Campoverde, 2022, pág. 353)
La Carta Magna Ecuatoriana establece en
favor de la libre discriminación educativa lo
siguiente:
Art. 3.- Son deberes primordiales del Esta-
do: 1. “Garantizar sin discriminación alguna
el efectivo goce de los derechos estableci-
dos en la Constitución y en los instrumentos
internacionales, en particular la educación,
la salud, la alimentación, la seguridad social
y el agua para sus habitantes”. El Artículo
26 señala, “Es un derecho de las personas
a lo largo de su vida y un deber ineludible
e inexcusable del Estado. Constituye un
área prioritaria de la política pública y de la
inversión estatal, garantía de la igualdad e
inclusión social y condición indispensable
para el buen vivir”. El Artículo 57, Numeral
12, reza que los pueblos y nacionalidades
tienen derecho a “Mantener, proteger y de-
sarrollar los conocimientos colectivos; sus
ciencias, tecnologías y saberes ancestra-
les; los recursos genéticos que contienen
la diversidad biológica y la agrobiodiversi-
dad; sus medicinas y prácticas de medici-
na tradicional, con inclusión del derecho a
recuperar, promover y proteger los lugares
rituales y sagrados, así como plantas, ani-
males, minerales y ecosistemas dentro de
sus territorios; y el conocimiento de los re-
cursos y propiedades de la fauna y la flora.”
En el Numeral 14 señala que los pueblos y
nacionalidades tienen el derecho de “Desa-
rrollar, fortalecer y potenciar el sistema de
educación intercultural bilingüe, con crite-
rios de calidad, desde la estimulación tem-
prana hasta el nivel superior, conforme a la
diversidad cultural…”. (Constitución de la
República del Ecuador, 2008)
Estos son algunos de los artículos que pro-
mueven la inclusión y la igualdad en el ámbi-
to educativo en el Ecuador, los cuales sirven
como base para otras legislaciones, regla-
mentos y programas de equidad educativa.
Otro instrumento legal especial en contra de
la discriminación en la educación superior
es la Ley Orgánica de Educación Superior
(LOES), promulgada en 2010, cuyo objeto se
encuentra plasmado en el artículo 2, de la
siguiente manera: “…definir sus principios,
garantizar el derecho a la educación supe-
rior de calidad que propenda a la excelencia
interculturalidad, al acceso universal, per-
manencia, movilidad y egreso sin discrimi-
nación alguna y con gratuidad en el ámbito
público hasta el tercer nivel”. (Ley Orgánica
de Educación Superior (LOES), 2010)
EDUCACIÓN SUPERIOR LIBRE DE DISCRIMINACIÓN DIRECCIONADO A ESTUDIANTES DEL TERCER NIVEL