Ana Isabel Pincay Durán a; Yahaira Grace Pincay Durán b; Luz Teresa Cañarte Quimis c; Mercy Otilia Durán Vera d
Implicaciones tributarias de la ley orgánica para el fomento productivo sobre el sector agropecuario ecuatoriano
Tax implications of the organic law for productive development on the Ecuadorian agricultural sector
Revista Científica Mundo de la Investigación y el Conocimiento. Vol. 3 núm.2, abril, ISSN: 2588-073X, 2019, pp. 138-164
Recibido: 15/01/2019 Aceptado: 18/02/2019 Publicado: 30/04/2019 Correspondencia: mana.pincayduran@gmail.com
Magister en Gerencia en Seguridad y Salud en el Trabajo; Ingeniera Química; mana.pincayduran@gmail.com
Magister en Tributación y Finanzas; Economista; yahaira.pincay82@gmail.com
Magister en Docencia mención Gestión en Desarrollo del Currículo; Diplomado en Autoevaluación y Acreditación Universitaria; Ingeniero Comercial; Universidad Estatal del Sur de Manabí; luz.canarte@unesum.edu.ec
Magister en Docencia Universitaria e Investigación Educativa; Diplomado en Autoevaluación y Acreditación Universitaria; Licenciado en Ciencias; Sociales y Políticas; Profesora de Segunda Enseñanza; Abogado de los Juzgados y Tribunales de la Republica; Licenciada en Ciencias de la Educación; Esp. Química y Biología; Universidad Estatal del Sur de Manabí; mercy.duran@unesum.edu.ec
Independientemente del carácter caprichoso, ceremonial o de sojuzgamiento de un pueblo por otro. que históricamente tuvo el tema de los impuestos, hoy en día, afortunadamente la tributación ha evolucionado al punto de convertirse en un Derecho que se basa en principios de legalidad, justicia, equidad, igualdad, capacidad contributiva, no confiscatoriedad, obligatoriedad, entre otros; por ello la presente investigación se enfocó en una revisión bibliográfica que sirvió de fundamento para el esclarecimiento en cuanto a las implicaciones tributarias la ley orgánica para el fomento productivo en el Ecuador sobre la agroindustria bananera nacional. Para tales fines se efectuó una investigación netamente documental, mediante la consulta e interpretación de diversas fuentes de información oficial y formal, encontradas tanto en material físico; tales como: libros, revistas, informes, boletines, datos estadísticos, tesis, documentos, entre otros; así como también en material digital de la misma índole hallado en bases de datos tales como las del: Instituto Nacional de Estadística de Ecuador (INEC), Ministerio de Agricultura (MAG), Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Organización de la Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), Banco Central de Ecuador (BCE), entre otros; que fundamentaron el criterio argumentativo expuesto entre los resultados y la conclusión, estando ésta última contextualizada en la idea de que esta Ley Orgánica tiene sus ventajas y desventajas, pero parece ser que las ventajas marcaran la pauta desde un corto plazo.
Regardless of the capricious, ceremonial or subjugation of one people by another. that historically had the subject of taxes, nowadays, fortunately, taxation has evolved to the point of becoming a Law that is based on principles of legality, justice, equity, equality, contributory capacity, non-confiscation, obligatory nature, among others; for this reason, the present investigation focused on a bibliographic review that served as the basis for the clarification regarding the tax implications of the organic law for the productive development in Ecuador on the national banana agroindustry. For such purposes, a purely documentary investigation was carried out, through the consultation and interpretation of diverse sources of formal and official information, found both in physical material; such as: books, magazines, reports, bulletins,
statistical data, theses, documents, among others; as well as in digital material of the same nature found in data bases such as those of the: National Institute of Statistics of Ecuador (INEC), Ministry of Agriculture (MAG), Inter-American Development Bank (IDB), Organization of the United Nations for Food and Agriculture (FAO), Central Bank of Ecuador (BCE), among others; that based the argumentative criterion exposed between the results and the conclusion, being the latter contextualized in the idea that this Organic Law has its advantages and disadvantages, but it seems that the advantages will set the pattern from a short term.
La evolución económica y social de los países de América Latina se destaca por dos aspectos principales: i) una alta volatilidad macroeconómica, y ii) una elevada desigualdad en la distribución del ingreso. (Carbajo et al.; 2017)
Saltos (2017), respecto a la realidad latinoamericana en materia de aportación tributaria por parte de sus contribuyentes, se ha apoyado en (Bárcena & Kacef, 2011) para afirmar que, desde un punto de vista general y en promedio, la región posee una carga impositiva menor a un tercio en comparación al nivel de ingreso per cápita, siendo este un escenario equivalente en Ecuador. Aparte, explica que la falta de recursos para que el Estado pueda hacer frente a las múltiples necesidades sociales de su población y la mala calidad de la carga tributaria figuran entre las razones que provocan este bajo nivel de carga, ya que los impuestos principalmente están enfocados en los hechos y no en las personas, todo ello en detrimento de las consideraciones que se debiera tener en cuanto a la capacidad contributiva. Otra realidad impositiva que trata es la relacionada con el impuesto a la renta o impuesto a las ganancias, puesto que indica que además del defecto previamente mencionado, surgen otros aspectos seriamente considerables que contribuyen a la generación de una sostenida inequidad, y estos
están relacionados con la fijación de tasas proporcionales en lugar de progresivas, numerosas exenciones en materia de ingresos financieros y un alto grado de evasión. Finalmente afirma que el Estado ecuatoriano, con el objetivo de cambiar esta realidad, en los últimos años ha venido desarrollando un cambio en las fuentes de sustento de los presupuestos generales, y ello fundamentalmente es en pro de una dependencia de recursos permanentes como son los ingresos tributarios. (Saltos, 2017)
Particularmente se puede hacer mención del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha asumido como estrategia de país 2018-2021, priorizar “la aceleración del crecimiento de la economía con el objeto de consolidar y profundizar los avances sociales logrados desde el cambio de siglo” por ello, en su perspectiva general, la organización apoya el esfuerzo gubernamental en la superación de “los desequilibrios macroeconómicos que actualmente afectan al país”, que allanen el camino “hacia un modelo de crecimiento en el que la iniciativa privada adquiera un mayor protagonismo, y mitigar los impactos adversos que este proceso pudiera tener sobre los colectivos más vulnerables”. Agregan que este direccionamiento estratégico se apoya en tres columnas: “el fortalecimiento de las finanzas públicas; el impulso a la productividad y el desarrollo del sector privado como motores de crecimiento; la profundización de los avances sociales de la última década”. (BID, 2018)
Para el 2019 se espera un despegue del crecimiento en América Latina, esto de conformidad al informe de Análisis Regional emitido por la corporación BBVA, quienes estiman una tasa de crecimiento del 2,1%, la cual eventualmente estará apoyada por el mejor comportamiento del sector externo y el impulso de la inversión, aunque con bastante heterogeneidad entre países, escenario este en el que bien podría figurar Ecuador tras sus atractivas políticas fiscales para la inversión extranjera. (BBVA, 2018)
La exportación de productos agropecuarios ha constituido secularmente el gran factor equilibrante de la balanza comercial del país. Desde la década de los setenta, ese distintivo solo lo comparte con las exportaciones de petróleo. (INEC, 2000)
Ecuador, por ejemplo, es el país latinoamericano con mayor exportación mundial de banano, de los 20 millones de toneladas que se venden al exterior anualmente a nivel mundial, casi 6 millones salen de este país, dato confirmado por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), quienes aprueban los grandes avances que hasta la fecha ha aportado este país a la industria bananera, tal es el caso del manual para mejorar la salud y la seguridad de los trabajadores del cultivo de la banana de esa región, el cual puede servir como modelo y adaptarse en otros países. (FAO, 2017)
Para la consecución de esta investigación, se hizo imprescindible iniciar una amplia búsqueda de información mediante la utilización de diferentes métodos, técnicas e instrumentos, entre ellos: revistas especializadas, libros, boletines, folletos, informes, entre otros; fuentes estas que facilitaron la aplicación de una metodología documental en la que mediante la observación, orden, clasificación y análisis de ductivo, se pudo desarrollar un resumen que permitió fundamentar científicamente las bases teóricas, diferentes ideas y criterios del equipo investigador, finalmente condensadas en un criterio único respecto al objetivo previamente planteado, expuesto en los resultados y conclusiones obtenidas.
Uribe (2018) citando a Rojas (2011), define la investigación documental como un tipo de
metodología que se desarrolla con información contenida en soportes documentales tales como impresos, grabaciones entre otras fuentes, por lo que permite el procesamiento y recuperación de información contenida en documentos, independientemente del soporte documental en que se hallen (Rojas; 2011; p. 279)
Cabe destacar que, mediante una previa discusión, el referido material es seleccionado en base a determinados criterios acordados por el equipo investigador. Dichos criterios respondieron a: la relación con la temática planteada, idioma español, relevancia y procura de la vigencia. Entonces, fue mediante su observación, clasificación, ordenación, interpretación y resumen que se pudo llevar a cabo un análisis deductivo que permitió fundamentar científicamente las bases teóricas, ideas y criterios del equipo investigador, que a su vez y de manera condensada, constituyen los resultados y la conclusión aquí obtenida.
A lo largo de la historia, los ingresos fiscales de América Latina han sido insuficientes para financiar el gasto público, que sistemáticamente se ha mantenido por encima de los recursos tal como se ilustra en el gráfico siguiente. Esta insuficiencia de recursos ha generado un estrecho espacio para la gestión de la política fiscal a lo largo de las décadas. Por ejemplo, en el período 1950-2014, menos del 20% de los resultados de las cuentas públicas de los países fueron superavitarios.
Posteriormente, la crisis financiera internacional de 2008-2009 afectó negativamente las cuentas fiscales de todos los países de la Región. Por el lado de los ingresos, la retracción en el nivel de actividad y la reversión en el ciclo de los recursos naturales llevaron a una disminución de la recaudación, principalmente en las economías exportadoras de productos básicos.
Adicionalmente, como respuesta a la crisis y con el fin de estimular la demanda interna, varios países redujeron impuestos u otorgaron ciertos beneficios tributarios que implicaron una merma en los ingresos tributarios. Por el lado de los gastos, se implementaron medidas con el objetivo de sostener la demanda agregada y atenuar el impacto de la crisis sobre los sectores más vulnerables, lo que se tradujo en un incremento de los mismos. Este impulso fiscal llevó a que los balances de todos los países de la Región empeoraran como así también se incrementaran las ratios de la deuda pública sobre el PIB. El déficit global para el promedio de América Latina pasó de 0,5% del PIB en 2008 a 2,8% en 2009.
Como consecuencia del retiro de una parte de las políticas de estímulo fiscal, en el año 2010 se aprecia una reducción del gasto público. No obstante, a partir de 2011 se retoma la senda de crecimiento, situándose el nivel promedio de gasto fiscal en 21,4% del PIB en 2014, es decir, dos puntos adicionales del valor anterior a la crisis global. Si bien los ingresos fiscales también se recuperaron entre 2010 y 2013, su crecimiento fue bastante menor al de los gastos e incluso experimentaron una caída en el último año, lo que se reflejó en un deterioro del resultado global en 2014 con un déficit similar al anotado en 2009, en plena respuesta a la crisis.
Es importante resaltar que esta evolución promedio esconde realidades diferentes: no todos los países tienen bajos ingresos fiscales y varios complementan su carga tributaria con una importante recaudación no tributaria proveniente de otras fuentes o de la explotación de los recursos naturales, tal como se analiza a continuación. (Carbajo et al.; 2017; p. 35-36)
Paz & Cepeda (2019), a modo de análisis crítico, hacen una breve pero consistente exposición sobre el panorama fiscal ecuatoriano reciente y los aspectos más resaltantes de la Ley de Fomento, cuando en su obra, entre otras cosas, refieren que:
De acuerdo con la CEPAL, en América Latina la media de recaudación tributaria es del 20% del PIB y Ecuador no llega a esa media; la tasa impositiva en la región apenas es del 2,3%, mientras en Europa es del 13,3%. No es cierto que Ecuador tiene “excesivos” impuestos”.
Según datos del Servicio de Rentas Internas (SRI), 215 grupos económicos adeudan U$
millones al Estado; son U$ 655 millones de perjuicio al fisco por empresas fantasmas; U$ 4.700 millones salieron a paraísos fiscales (hay unos U$ 30 mil millones en esos paraísos); en aduanas el perjuicio por facturas falsas es de U$ 2.100 millones. Las 500 mayores deudas al fisco suman U$ 1.363,5 millones y las 500 mayores deudas impugnadas U$ 2.937,6 millones. La presión fiscal es de apenas el 2.29% (IR sobre total de ingresos) para el total de grupos económicos y menor al 1.5% para 78 de esos grupos (es decir, pagan menos de 2 dólares por cada 100). Un estudio de la PUCE (2014) demostró que dominan en la economía ecuatoriana los monopolios y los oligopolios, que hay baja responsabilidad social de esos grupos, que tienen una fuerte estructura ‘familística’, y que sus ingresos representan el 46% del PIB. No es cierto que los ricos empresarios “también” pagan impuestos.
Además, para el jefe de la Unidad de América Latina y el Caribe de la OCDE está claro que “Cuando hablamos de que América Latina debería reforzar su músculo fiscal no es aumentando los impuestos a su clase media, que ya paga una cantidad sustancial, sino revisar las numerosas exenciones fiscales, reforzar los impuestos sobre la renta a los ciudadanos con mayores ingresos y luchar contra la evasión fiscal”. Y también la Cepal, en “Panorama Fiscal de América Latina y el Caribe 2018”, enfatiza en los impuestos directos y particularmente sobre el de rentas.
Pero la pomposa “Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones,
Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal” (R.O., Año II, No. 309, martes 31/08/2018), que fue iniciativa del Ejecutivo, contempla la “remisión” (perdón) del 100% de intereses, multas y recargos sobre obligaciones “tributarias o fiscales”, sujetas a recaudación del SRI; remisión especial para los contribuyentes del régimen impositivo simplificado; remisión del 100% de intereses, multas y recargos de las obligaciones aduaneras; remisión de deudas sobre impuestos vehiculares, matriculación e infracciones de tránsito; remisión del 100% de intereses, multas y recargos de obligaciones pendientes por servicios básicos que proporcionan las empresas públicas de la Función Ejecutiva; remisión que deben realizar los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD); reducción de intereses, multas y recargos de las obligaciones patronales en mora con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS); y, especialmente, la EXONERACIÓN del Impuesto a la Renta (IR) para las nuevas inversiones productivas, en sectores priorizados, por 10 años, si se realizan fuera de Quito y Guayaquil, y por 8 si se realizan en estas ciudades; exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para las nuevas inversiones productivas, en pagos al exterior por importaciones y dividendos distribuidos; exoneración del ISD para contribuyentes que inviertan en activos productivos el 50% de sus utilidades; exoneración del IR para las nuevas inversiones productivas en el sector industrial durante 10 años; exoneración del IR para las nuevas inversiones en el sector de “industrias básicas” durante 15 años; y 5 años más si son en “cantones fronterizos del país”; además de beneficios e incentivos para “proyectos de vivienda de interés social”; y otras tantas exoneraciones tributarias que implican una formidable reducción de las capacidades del Estado y particularmente del SRI. Ha sido el primer paso para convertir a Ecuador en un paraíso fiscal de facto. (Paz & Cepeda, 2019)
Cultura tributaria en Ecuador
De aportes como el de Alvear, Elizalde, & Salazar (2018) puede saberse que el primer tributo en Ecuador tuvo su origen en 1830 y se conocía como “contribución indígena” y tuvo una vigencia de casi 30 años; el mismo que consistía en que toda persona identificada como indígena por parte de los colonizadores debía pagar. El segundo impuesto conocido como “contribución general” surgió en los años de 1837, y estuvo vigente hasta 1927, su objeto era la recaudación de tributos de empleados públicos, capitales en giro y de las personas a quienes se les concedían préstamos, por tanto, este impuesto viene entonces a consagrar el preludio del Impuesto a la Renta, codificado así en la Ley de Impuesto a la Renta en 1928. Por su parte, los impuestos a las sucesiones y a los legados y fidecomisos surgieron en los años 1912 y 1913 respectivamente.
De la misma manera las tratadistas destacan que durante el ciclo histórico 1996 - 2006, el Ecuador fue protagonista de una etapa de inestabilidad, particularmente marcada por el paso de siete presidentes, una dictadura precaria, y tres mandatarios derrocados, no obstante, durante la última década (refiriéndose a la del 2008-2018), son algunos antecedentes y sucesos que han modificado la cultura tributaria del país. Al final de este tema los investigadores enfatizan diciendo que es posible para la configuración del sistema y régimen tributario ecuatoriano se ha considerado “una serie de leyes, reglamentos y normativas con el fin de mejorar los procesos de redistribución de la riqueza a través de generación de rentas”, y destacando el aporte de Quiroz (2016), asevera que "la recaudación por impuestos en el Ecuador creció en un 160%, en el periodo 2007-2015 […] Actualmente, los ecuatorianos pagan 30 impuestos al Servicio de Rentas Internas (SRI), 16 más que en el 2006” (Alvear, Elizalde, & Salazar, 2018)
Sarmiento (2014) asegura que es desde el año 2000 que el Ecuador protagonizó profundas reformas tributarias en las que se optó por la eliminación de impuestos que dificultaban su recaudarlos y de paso era poco el beneficio que servían, es decir, impuestos
ineficientes, y también se propiciaron reformas que mejoraban la normativa de los tributos existentes a la par de la creación de otros más efectivos y eficientes, estando evidentemente todas estas acciones encaminadas hacia la disminución de la evasión fiscal con procesos de control exhaustivos, pero al mismo tiempo de socialización de la normativa a todo nivel y aplicando diferentes medios. Así mismo afirma que ha sido fructífera toda esta revolución fiscal, no solo desde el punto de vista financiero en términos comparativos con las cifras obtenidas al respecto en años precedentes, sino que también en el aspecto social por su aceptación, situación evidenciable con la disposición manifestada por los contribuyentes en relación al cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales, gracias a la obtención de información y a la facilidad para su cumplimiento.
El sistema tributario ecuatoriano ha experimentado profundos cambios a partir del año 2007 en concordancia la administración tributaria realizaba esfuerzos inmensurables por combatir las grandes brechas de evasión, redistribución de la riqueza, eficiencia administrativa y estimación en el impacto fiscal. Sin embargo, la lucha y el proceso que el país y el pueblo como contribuyentes han soportado ha sido difícil pues los errores del pasado y el desconocimiento del contexto histórico del sistema tributario ecuatoriano contribuyeron a complicar esta labor. La construcción y fortalecimiento de un régimen tributario que responda a la realidad y condiciones contemporáneas del Ecuador, implica combatir contra las propias tensiones de la sociedad y la política.
Ahora, se considera importante realizar algunos comentarios respecto al fomento productivo en Ecuador. Por su contenido, llamó poderosamente la atención el aporte de Ruiz (2018), quien respecto indica que existe un consenso al señalar que, independientemente del diagnóstico adecuado de la situación productiva adquirida y de la voluntad política inaugural en
pro de la reorientación de la política estatal dirigida a una transformación de aquella, “los pasos que se dieron no fueron lo suficientemente coherentes para modificar sustancialmente el panorama”. Por considerar la investigación de Calderón (2016) como, quizás, una de las más sistemáticas, el tratadista se basa en ella para referir que igualmente sus conclusiones resultan en la afirmación de que “las políticas de fomento productivo que lograron implementarse fueron más bien generales, dispersas, con asignaciones presupuestarias modestas, sin una definición adecuada de metas y con escasa continuidad” (2016; p. 131). Apoyándose nuevamente en el aporte de éste y el de otros tales como (Andrade, 2015; Andrade y Nicholls, 2017) pasa a exponer sobre el panorama general de las políticas de fomento productivo e industrial, y las desarrolla en el mismo orden cronológico que, según él, fueron ocurriendo, a su vez subdividiéndolas en dos marcados periodos, el de 2007-2011 y el de 2012-2015, facilitando así su entendimiento.
Dice que, en el transcurso del primer momento, además de la reestructuración ministerial del aparato del Estado motivado al movimiento neodesarrollista:
[…]se dieron algunos pasos de carácter defensivo para proteger la débil industria nacional: en 2008 se fijó arancel cero a casi tres centenas de partidas consideradas insumos productivos o bienes de capital, mientras que se aprobaron incrementos de aranceles sustantivos para una canasta de bienes que eran considerados sectores de interés por el Ministerio de Industrias y Productividad (Mipro) (caucho, cerámica, calzado, tex- tiles, cosméticos, autopartes, bienes eléctricos, etc.) y por el Comité de Comercio Exterior (Comex), ente encargado en ese momento de establecer la política arancelaria. En el marco de la dolarización “estas políticas de substitución de importaciones y establecimiento de aranceles funcionan como una devaluación de facto haciendo las
importaciones más caras y, por tanto, incentivando la producción doméstica” (Purcell, Fernández y Martínez, 2016: 10). Paralelamente se procedió al fortalecimiento de la banca pública4 para apoyar con crédito a los pequeños y medianos productores y comerciantes. […] Por otro lado, ante la insuficiencia de las medidas de protección arancelaria que se mencionaron con anterioridad, el Gobierno comenzó a desarrollar estrategias de carácter más integral: desde 2009 el Ministerio Coordinador de Producción, Empleo y Competitividad (Mcpec) impulsó una Agenda de Transformación Productiva (ATP); al año siguiente se expidió un nuevo instrumento legal de fomento productivo: el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (Copci); en 2011 se promulgó otro documento dirigido a apoyar a los sectores más vulnerables del espacio productivo: la Ley de Economía Popular y Solidaria. No obstante, estos instrumentos tampoco surtieron en lo inmediato los resulta-dos esperados por los entes gubernamentales, debido a un conjunto de factores, entre los cuales destacan, “la reducida escala de intervención, la débil articulación interinstitucional, la falta de continuidad, capacidad de monitoreo y ajuste del proceso, entre otras” (Calderón, 2016: 105). Este mismo autor señala que la estrategia de la ATP no partió de una visión sistémica de la economía ecuatoriana, lo que dejó por fuera el análisis de cadenas productivas, y tampoco tuvo criterios de selectividad sobre los sectores a los cuales se debería apoyar. Como han apuntado otros investigadores (Andrade y Nicholls, 2017), la falta de coherencia de las políticas industriales de ese primer momento se debió, al menos en parte, a las disputas que se libraban al interior del aparato de Estado, en el que coexistían grupos con orientaciones políticas diversas e incluso contradictorias entre sí. En ese marco, “El Plan Nacional del Buen Vivir 2009-2013 actuaba como una solución de compromiso y una
especie de cemento ideológico que encubría parcialmente los conflictos al interior de la élite gubernamental” (Andrade y Nicholls, 2017: 10). Situación que se agravó aún más por las enormes reticencias de unas clases dominantes a involucrarse en un proceso de desarrollo industrial dirigido por el Estado, lo cual les implicaba ceder parte importante del poder de decisión al que habían estado acostumbrados. Pese a todas las dificultades de este primer período, como anotan los autores arriba citados, es claro que “entre 2007 y 2011 el Gobierno impulsó una reorganización del Estado que buscaba mejorar su capacidad para dirigir la economía hacia el aumento de sus capacidades productivas” (Andrade y Nicholls, 2017: 6).No obstante, de acuerdo con este mismo hilo argumental, la correlación de fuerzas al interior del aparato estatal comenzó a modificarse en torno a 2012, en vísperas del nuevo proceso electoral; y, una vez que Correa asumió de nuevo la Presidencia en 2013, la política industrial se tornó más ambigua, en el momento en que el Mcpec y el Mipro comenzaron ceder espacio ante el protagonismo creciente de otras instancias gubernamentales, como el recién creado Ministerio de Comercio Exterior y la Vicepresidencia de la República. Pero, si miramos más de cerca, es posible observar que el cambio en la correlación de fuerzas no supuso un desplazamiento completo del proyecto neodesarrollista, sino el despliegue paralelo de estrategias simultáneas (no siempre coherentes) de desarrollo productivo en diversos ámbitos de la economía del país. (Ruiz, 2018)
El sector agropecuario de Ecuador
Investigaciones de años anteriores como los de Daza (2015) hacen referencia a datos de (ESPAC, 2011) para indicar que:
La información oficial muestra que aumentan las extensiones de cultivos para agronegocio y agroindustria: banano, palma africana, cacao, caña de azúcar, flores y brócoli. Desde 1970, hay una clara tendencia decreciente de la productividad de los cultivos de menor escala como tomates, café y papas, productos de la dieta diaria de campesinos y campesinas; y por otro lado, aumenta la productividad de cultivos para la exportación. Del 2002 al 2011, la superficie cosechada de palma africana en la provincia de Esmeraldas crece considerablemente; pasó de 44.461hectáreas a 133.878 hectáreas. En el caso del banano, la superficie cosechada aumenta ligeramente, por ejemplo, en la provincia de Los Ríos pasa de 52.203 hectáreas en el 2002 a 55.040 hectáreas en 2011. (Daza, 2015, p. 278-279)
Sin embargo, fuentes oficiales como lo es la del Banco Central de Ecuador (BCE), facilitan material de una data un tanto más reciente que, entre otras cosas, sintetiza la situación coyuntural de este sector que bien pudiera decirse es válido en la contextualización de este trabajo investigativo. La institución ha reportado que los resultados encontrados con su investigación arrojan “desempeños de producción diferenciados” y es por ello que la mayoría de productos tales como arroz de verano, banano, café, caña de azúcar y palma africana experimentaron crecimientos a finales del ciclo productivo. Separadamente puede especificarse que:
Las expectativas de producción de maíz de verano, papa, soya y cacao no registrarían un desempeño positivo.
El comportamiento productivo de los bienes de ciclo permanente también fue diverso. La producción de caña de azúcar presentó cifras positivas, registrando el mismo porcentaje de crecimiento del año pasado (7%). Del mismo modo, la producción de
banano mantiene la tendencia de recuperación respecto a similar período del año anterior, es así que su crecimiento sería de (5%), porcentaje mayor al obtenido en el año 2017 que fue de 2%. La producción de café mantiene niveles positivos durante el semestre en estudio, lo que permitirá un incremento de 1%. En el caso de la palma africana, se prevé cierta recuperación en la producción; es así que los resultados de la investigación señalan un aumento de 1%, en relación a los dos períodos de decrecimiento registrados en ciclos anteriores. Por su parte, la producción de cacao para finales del presente ciclo agrícola presentaría niveles decrecientes (-1%), luego de seis períodos de crecimiento.
En lo referente al hato ganadero (saldo de respuestas), presentaría una ligera disminución respecto al similar período del año pasado, es decir, mantiene niveles crecientes, aunque no en las mismas proporciones del año anterior, es así que el 58% de los consultados consideran aumentos en la producción, porcentaje menor al 62% registrado en el año 2017. Esta baja en el saldo de respuesta estaría relacionada con el precio de venta del ganado, mismo que se ha mantenido en los USD 29 la arroba, a pesar que los ganaderos incrementaron sus niveles de inversión para dotar de mejor alimentación a las reses, ya que no contaron con suficiente pasto debido a la fuerte sequía que soportaron las zonas bajas dedicadas a la ganadería. (BCE, 2018)
Especialistas como Gómez (2019) aportan información con datos recientes respecto a este importantísimo sector, ya que, por ejemplo, explica que para evaluar al sector agropecuario es trascendental comprender lo que realmente significa este sector en la Economía Nacional, pues “no solo se debe considerar el sector primario, sino toda la cadena productiva, donde se incluye la fase primaria, la agroindustria, el comercio, el transporte vinculado, al igual que el rubro de
consumo de alimentos y bebidas” […] “En este se concentra alrededor del 21.5% de la Producción Bruta Nacional” y agrega que “en términos de divisas, al cierre del 2017, el 56% de las Exportaciones Totales salen del Agro, y si consideramos solo las Exportaciones No Petroleras, alrededor del 83%. (Gómez, 2019)
A pesar de todo lo antes expuesto, de especialistas en la materia como Jijón (2018) se llega a conocer que el sector agropecuario del Ecuador viene haber padecido un 2018 “crítico e incierto” en razón de la sumisión del productor agropecuario a la esclavitud financiera y productiva y la paralización de la agroindustria asociativa, según el autor. El mismo agrega que “Se percibe en el campo un retroceso de todo lo logrado con la lucha de las organizaciones agropecuarias por el bienestar de su sector”. De la misma manera destacó que desde el mes de mayo de 2017, mediante la promulgación de políticas diseñadas por parte del Gobierno entrante, nace en el gremio agropecuario una gran expectativa por el plan de trabajo para nuestro sector, debido a que el mismo contemplaba “agradables e interesantes propuestas de las que se beneficiaría todo el sector agropecuario; una verdadera propuesta social y productiva basada en la práctica ancestral de la minga; promesa de elevar productividad y rentabilidad para el pequeño productor”
Finalmente, el referido especialista, por cierto, director ejecutivo de ASESORAP (Asesoría a Organizaciones Agrícolas Productivas), culmina explicando que en vista de la crisis del sector observadas por las organizaciones agropecuarias serias, se han venido sugiriendo cambios directivos de todo el equipo de trabajo del respectivo tren ministerial, quienes entre sus primeras medidas debieran considerar la derogación de las resoluciones ministeriales de la conocida franja de precios; favorecer y elevar una solicitud a la Asamblea Nacional en pro de la reactivación crediticia del sector agropecuario y reordenamiento de un cuerpo legal o Ley
Agraria; propiciar un agresivo plan de comercialización de productos agropecuarios; fomentar la aplicación de normas de comercio justo entre organizaciones; reimpulsar el agroturismo e incentivar la reactivación de la agroindustria asociativa para que las organizaciones se vuelvan exportadoras y proveedoras de servicios.
Impuesto único al sector agropecuario
En base al trabajo de Borja (2018), se logra entender la polémica que se ha generado en torno a la aplicación de este impuesto. De su obra se extrae que dicho impuesto deriva de la crisis sufrida en el régimen tributario establecido hasta el 2008, puesto que eran difícil alcanzar una recaudación exitosa por la poca definición de la política fiscal, situación que afectaba directamente a la economía estatal, razón por la cual el gobierno crea el impuesto único a la renta para el sector agropecuario. Pero resulta que, desde un principio de su aplicación, en la realidad país del momento, generó un descontento entre los productores ya que se consideraba que dicho impuesto afectaba a aquellos que lograban una alta rentabilidad como actores de la productividad del sector agrario, lesionando su seguridad jurídica y económica. Fue entonces cuando empezó argumentarse que el mencionado impuesto contravenía los principios constitucionales de equidad y progresividad de los tributos, por cuanto esta imposición no consideraba la capacidad económica del sujeto activo sino la facturación bruta del mismo, lo que más o menos vendría siendo, la desconsideración por los gastos generados en el proceso productivo en relación con la facturación presentada para su cálculo.
La problemática que se plantean particularmente un grupo representantes de esta agroindustria, como es el caso de la industria bananera, sirve de ejemplo para explicar de manera un poco más detallada lo que ocurre con este tipo de impuestos. El referido gremio, teniendo
presente la eventual aprobación de la denominada Ley De Fomento 2 para marzo de este año, que busca impulsar la actividad económica, han elevado un planteamiento a los representantes del gobierno central, referido a la revisión que debiera de hacerse a la carga tributaria para esta actividad, que en específico viene siendo lo relacionado al impuesto único por caja de banano ubicado actualmente en el 2%. De acuerdo con la misma fuente especializada, se pudo conocer que este impuesto es calculado sobre los ingresos y no sobre las utilidades como ocurre con los otros sectores. Así mismo se logra extraer que, en números concretos, el impuesto representa 12 centavos por caja de la fruta para el productor, mientras que los exportadores pagan 4 centavos más, aumentando dicha tributación cuando el que produce es el mismo que exporta la fruta, afirmaciones estas que igualmente sostiene el presidente de la Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador (AEBE). Adicionalmente, esta vez en base a la argumentación expuesta por el presidente de la Asociación de Comercialización y Exportación de Banano, se logra comprender que la propuesta estriba en que el exportador pague sobre la diferencia entre el precio de venta del productor y del exportador, pues el sector busca un trato equitativo. (El Productor, 2019)
En el mismo orden de ideas, Espinoza & Hurel (2018) a través de su investigación y en base al análisis cualitativo de las entrevistas efectuadas a expertos vinculados con el sector bananero, dejan claro que logran entender que “esta imposición tributaria afecta al sector, ya que se deduce un porcentaje de los ingresos brutos del año por las ventas, además de que no está bien identificado el concepto y categoría de cada negocio, lo que perjudica a los pequeños productores” sin embargo, en base a sus análisis cuantitativos, posteriormente dan a entender que la tarifa progresiva del impuesto en mención, significa más una ventaja que un perjuicio para las actividades del sector bananero empresarial.
Beneficios de la ley de fomento para el sector agropecuario
Exoneración del pago del Impuesto a la Renta a las inversiones nuevas y productivas.
Tarifa cero (exención) para transferencias e importaciones por adquisición de insumos, partes y repuestos de tractores de llantas de hasta 200 hp y demás maquinarias para uso agropecuario.
Derecho a la devolución de los pagos realizados por concepto de impuesto a la salida de divisas en la importación de materias primas, insumos y bienes de capital, cuya oferta no exista en el mercado nacional, para los exportadores habituales.
Tarifa cero en cuanto al arrendamiento de tierras destinadas a usos agrícolas.
Constitución de un fondo de garantías para el sector de la economía popular y solidaria con el 50% de utilidades generadas por el Banco de Desarrollo, BanEcuador (antiguo Banco de Fomento), Corporación Financiera Nacional y Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias.
Habilitación para que el Ministerio de Agricultura proponga los parámetros de aseguramiento y riesgos de cobertura de las pólizas de seguro a las actividades vinculadas a la producción agropecuaria, autorizándole además a, regular y controlar que las entidades nacionales y extranjeras que ofrecen servicios de seguro en el país cuenten con líneas de seguros agropecuarios, para todos los sistemas, tipos de producción y productos. Así mismo, podrá y deberá fijar los valores porcentuales diferenciados sobre el monto de las primas que podrán ser asumidas a título de incentivo por el Estado.
Remisión del 100% de las multas impuestas por la Autoridad Única del Agua y por la Agencia de Regulación y Control del Agua, por la aplicación del régimen
sancionatorio de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua en las que exista resolución en firme, sentencia ejecutoriada o proceso en curso en el que se determine la responsabilidad administrativa.
Posibilidad de remisión de los intereses, intereses por mora y costas judiciales para quienes mantengan créditos con el Banco Nacional de Fomento, en liquidación, adquiridas por compra venta de cartera, siempre y cuando paguen al menos el 1% del saldo de capital, dentro del plazo de 365 días. Adicionalmente, las operaciones de crédito podrán ser reestructuradas hasta por el doble del plazo pactado originalmente y no podrá ser mayor a diez años, a una tasa del 5%.
Suspensión de los procesos coactivos iniciados y los juicios de insolvencia o quiebra, así como las medidas cautelares que en estos se haya dictado, a partir de la expedición de la Ley y mientras dure el plazo previsto en dicha norma para la reestructuración los mencionados procesos, juicios y medidas.
Extinción de las deudas registradas en la contabilidad del Banco Nacional de Fomento, en Liquidación, de hasta USD 100.000 que correspondan a créditos adquiridos por personas naturales en sociedad conyugal o sociedad de bienes legalmente reconocidas, en las que uno de los cónyuges o conviviente en unión de hecho legalmente reconocida ha fallecido, e igualmente, los clientes a los que les haya sobrevenido una discapacidad, posterior a la época en que contrajeron su deuda, siempre y cuando demuestren la imposibilidad de cumplir con el pago de su obligación pendiente
Absolución de hasta un 50% de las deudas registradas en el Banco Nacional de Fomento, en Liquidación, hasta el monto de los USD 100.000 que correspondan a
créditos de personas de la tercera edad. (MAG, 2018)
No es nada difícil deducir los aspectos positivos que trae la referida Ley de Fomento respecto al sector agropecuario, tanto en materia tributaria como a nivel general tras su reciente vigencia, por lo tanto, como la agroindustria nacional aún sigue siendo un bastión incuestionable en la producción nacional, lógicamente pudiera inferirse que los actores de dicho sector adoptaran con beneplácito los beneficios de estas reformas, procurando sacar el máximo provecho de la misma en pro del mantenimiento y consolidación del especial posicionamiento que esta ejemplar industria reporta a nivel regional y mundial.
Obviamente este tipo de iniciativas, que influyen directa y fundamentalmente en las esferas sociopolíticas y económicas, también tienen sus detractores, que bien sea por fundadas razones o no, alegan los distintos argumentos que explican su desprecio a la norma sustantiva, destacando entre esos, el hecho de que, por ejemplo, lo más grave es la remisión que (en definitiva) va a significar USD 4.100 millones que se les perdona a los grupos económicos más poderosos, mismos que, según aquellos, han tenido utilidades de más de $8.000 millones.
En definitiva, no se necesita ser un erudito para comprender que todo cambio requiere del agotamiento de un determinado tiempo de adaptación, tiempo que por cierto es definido bien sea por todos o parte de los actores que intervienen en dicho proceso de cambio o mediante la aplicación de otras normas preestablecidas, y solo luego de que se agota dicho lapso, es que pudieran hacerse las correspondientes evaluaciones de efectividad o fracaso de las medidas tomadas. En el caso de la mentada Ley de Fomento, se considera que no ha trascurrido el tiempo necesario en su aplicación que den pie para la emisión de juicios de valor con suficientes bases,
bien sea en su favor o en contra, puesto que la misma, pudiera decirse apenas comienza a regir, sin embargo, eso no implica que no deban o puedan considerarse las primeras impresiones que extraen los actores intervinientes tras la aplicación de esta Ley Orgánica, que hasta el momento han sido influenciados de manera tanto positiva como negativa, criterios que ineludiblemente servirán de fundamento sancionador a mediano y largo plazo.
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